Actualmente, gracias a la separación de poderes con la que cuenta un país democrático como España, sólo un juez puede determinar si una página web debe o no cerrarse por incumplir la ley
Esto quiso romperse con la Ley Sinde, que buscaba que trabajadores del Ministerio de Cultura, es decir, poder ejecutivo, pudieran cerrar páginas web sin que el poder judicial estuviese involucrado. Ahora, el Gobierno ha aprobado un Real Decreto Ley que le confiere ese poder.
El Gobierno, con carácter excepcional y transitorio, podrá acordar la asunción por la Administración General del Estado de la gestión directa o la intervención de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas en determinados supuestos excepcionales que puedan afectar al orden público, la seguridad pública y la seguridad nacional.
El Gobierno podrá intervenir o cerrar cualquier servicio cuando ellos determinen que hay una amenaza para el orden público, incluyendo «cualquier infraestructura, recurso asociado o elemento a nivel de red», como si de un estado de excepción digital se tratase.
Y por si fuera poco, también hay otra modificación que les permitirá cerrar de manera exprés páginas web u otros servicios de comunicaciones digitales cuando cree graves problemas económicos u operativos a otros proveedores o usuarios de redes o servicios de comunicaciones electrónicas o demás usuarios del espectro radioeléctrico. Como vemos, un lenguaje bastante ambiguo que podría abrir la puerta al cierre de todo tipo de páginas, incluyendo las de piratería.
Esta modificación ha sido añadida a la famosa Ley Mordaza. Desde el Bufete Almeida destacan el hecho de que una Ley orgánica no puede modificarse mediante Real Decreto, pero la parte que se ha modificado no tiene carácter orgánico. De esa forma, se ha podido hacer esa modificación a la Ley Mordaza, la cual no ha sido derogada en año y medio a pesar de que el PSOE lo había prometido.
También habrá mayor control en la protección de datos
Este Real Decreto obligará a que los servidores que tengan datos personales recogidos por las administraciones públicas, además de sistemas de identificación y firmas electrónicas, tendrán que estar alojados en servidores europeos, con la excepción de que haya acuerdos internacionales que permitan que sea así.
Esto tendrá un efecto bastante importante en la Administración Pública y en todas las comunicaciones online, ya que las entidades públicas tendrán seis meses para traerse los datos que tengan alojados en servidores fuera de la UE.
Así, el DNI será el único documento que podrá acreditar al ciudadano por Internet. Sólo las comunidades autónomas podrán crear sistemas de firma electrónica propios diferentes a los del Estado previo permiso, el cual puede ser denegado si hay motivos de seguridad pública. También se evita el uso del blockchain hasta que la UE lo regule.
Los contratos públicos obligarán a empresas e instituciones a explicar explícitamente para qué se van a usar los datos y a respetar las leyes de protección de datos. El Gobierno podrá suspender el uso de esos datos cuando lo estime oportuno.
LA PREGUNTA ES:¿LO APLICARA A ESTAS ESTAFAS?