Es habitual que en los fraudes de inversión los estafadores usen diversos medios para conseguir el dinero de las víctimas, bien mediante el engaño (estafa) o bien suplantando a las víctimas y entrando en sus plataformas de banca online y, haciéndose pasar por ellos, pedir préstamos o transferirse fondos.
Los bancos debe hacer frente a la devolución de dichos fondos o anular los prestamos ya que no ha empleado los medios suficientes para impedir dichas operaciones fraudulentas.
Cabe destacar que el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes, recoge en su artículo 36 que «las operaciones de pago se considerarán autorizadas cuando el ordenante haya dado el consentimiento para su ejecución», pero esto no no se había producido en este caso, al tratarse de una suplantación de identidad.
Asimismo, e mismo Real Decreto, en su artículo artículo 43 establece que en estas circunstancias:
«el usuario de servicios de pago obtendrá la rectificación por parte del proveedor de servicios de pago de una operación de pago no autorizada o ejecutada incorrectamente únicamente si el usuario de servicios de pago se lo comunica sin demora injustificada, en cuanto tenga conocimiento de cualquiera de dichas operaciones que sea objeto de reclamación»,
Por último, en el artículo 45 del mismo cuerpo legal, indica que:
«en caso de que se ejecute una operación de pago no autorizada, el proveedor de servicios de pago del ordenante devolverá a éste el importe de la operación no autorizada de inmediato».
En actual caso, cuando la víctima es suplantada por terceros que simulando realizar inversiones y han procedido a entrar en su ordenador a través de un programa de acceso remoto llamado Anydesk suplantado su identidad procediendo a transferirse fondos la entidad bancaria debe hacer frente a la retorcesión de dichas operaciones fraudulentas ya que está permitiendo que un tercero entre en su plataforma online.
¿cómo se debe actuar?
En primer lugar con la denuncia que se haya admitido en el juzgado, se debe acudir a la entidad bancaria y presentar una solicitudo de devolución/retrocesión por fraude.
Si la entidad no quiere dar un justificante sellado de dicho reclamo o pone excusas peregrinas tales como que no es necesario, que ha pasado el tiempo o que es el director de la oficina/gestor quien lo tramita, se debe pedir una hoja de reclamaciones ante el Defenso del cliente.
Si pasados quince días de poner la reclamación, no te contestan, o la respuesta no es satisfactoria, deberás presentar una demanda ante el juzgado de tu localidad.